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Periodista, escritor, Lic. en Periodismo, Mtro. En Ciencias Políticas, oaxaqueño. Autor de la columna "Indicador Político" en El Financiero.

jueves, 29 de septiembre de 2011

29-Septiembre-2011, Jueves.

INDICADOR POLITICO




+ Aborto: ganó derecho a la vida

+ Evitarlo, obligación del Estado



Carlos Ramírez



El saldo final de la votación en la Corte Suprema ante la reforma constitucional de Baja California para tutelar el “derecho a la vida” y “desde el momento en que un individuo es concebido” no dejó ganadores ni perdedores. Al final, el Estado tiene ahora la obligación de proteger jurídicamente la viabilidad del ser indefenso concebido.

El debate entró, como era obvio, en una fase de politización. Pero en realidad, la discusión tenía sólo dos puntos concretos:

1.- Determinar los límites de las constituciones locales frente a la federal como para incluir en la local algo que no está contenida en la federal.

2.- Declarar constitucional o inconstitucional la inclusión del “derecho a la vida” en una constitución local y el criterio de la vida desde la concepción, cuando no están contenidos en la Constitución federal.

En ambos casos la falacia radicó en el principio constitucional de que la Constitución debe establecer directamente qué se puede hacer y qué no. En derecho, lo que no está prohibido está permitido. Y la pimienta al debate la agregó el presidente Calderón la noche del lunes cuando decidió retirar lo que se llama declaración interpretativa al artículo 4 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos de Costa Rica en el tema congelado del “derecho a que se respete su vida” y a proteger ese derecho “a partir del momento de la concepción” y con ello sumarla a la Constitución como tratado internacional. Ahí Calderón dejó a la Corte sin litis.

La Corte ya había considerado, en el debate del caso Radilla, que las sentencias derivadas de esa Convención tenían en México fuerza de ley obligatoria, al grado de que la mayoría de ministros de la Corte Suprema mexicana se apoyó en la declaración constitucional sobre los tratados internacionales para modificar el fuero militar, aunque se horadara el escudo de seguridad nacional de la república; en los debates del caso Radilla, los ministros fueron claros en la obligatoriedad de cumplir con la Convención. Al anunciar Calderón que se asumía el artículo 4, los ministros que votaron contra la constitución bajacaliforniana estaban poniendo en entredicho el artículo constitucional que señala la obligatoriedad de los tratados internacionales.

Si bien los ministros votaron en función de la constitucionalidad/inconstitucionalidad de la capacidad de legislación del congreso local de BC, la confusión se dio por los errores en el proyecto de sentencia condenatoria que redactó el ministro Fernando Franco González Salas. De todos modos, sus concepciones jurídicas que desprotegían al producto concebido indefenso mostraron el tamaño de la decisión que hubiera negado derechos de un ser débil ante el derecho de una madre con embarazo no deseado por razones de descuido o de irresponsabilidad personal.

Las tesis del ministro Franco González Salas revelaron razonamientos jurídicos darwinianos y de limpieza social de los más débiles:

--“Es inadmisible el pretender establecer que la vida es el fundamento de todos los seres humanos, pues un derecho no debe prevalecer sobre otros”. Pero si la vida no es el fundamento del ser humano, ¿entonces qué lo es? Y en derecho no puede haber un derecho absolutista, a menos que se trate de una dictadura de exterminio.

--“La Constitución federal y los instrumentos internacionales no contemplan como “individuo” --sujeto de derechos y obligaciones, además de dotado de capacidad jurídica-- al producto de la gestación, por lo que tampoco lo puede hacer la constitución estatal”. El ministro Franco González Salas ignoró olímpicamente el artículo 4 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos que es un instrumento internacional obligatorio para México; la barrera la borró la solicitud de Calderón al Senado el lunes. Y en derecho, es aberrante convertir lo que no dice la Constitución federal en una prohibición para las constituciones locales.

--En la reforma de BC “se viola el principio de igualdad, el cual implica tratar igual a los iguales y desiguales a los desiguales, por lo que no resulta posible igualar la vida prenatal con  los sujetos nacidos”. Por encima del principio de la igualdad se coloca el principio de la equidad que es la de equiparar la protección de la justicia al desigual frente al igual; y el criterio de que un no nacido no es igual a un nacido suena más a principio fascista que a derecho de protección del débil frente al fuerte.

--“La reforma (de BC) impide el ejercicio de los derechos fundamentales de las mujeres --particularmente su dignidad y derechos reproductivos--, a costa del pretendido derecho a la vida del no nacido”. Este razonamiento jurídico del ministro Franco González Salas también es equiparable al derecho fascista: imponer el derecho del más fuerte sobre el derecho de más débil, cuando el principio de justicia del derecho mexicano se funda en proteger al débil ante el avasallamiento del más fuerte.

Por lo demás, casi todos los ministros --aun los que votaron por la inconstitucionalidad de la reforma de BC-- criticaron los razonamientos del proyecto de sentencia y sólo votaron en torno a la constitucionalidad/inconstitucionalidad. Lo paradójico del asunto fue que algunos ministros razonaron su voto de inconstitucionalidad en función de la defensa de los derechos humanos, pero dejaron al no nacido, desde la concepción hasta las doce semanas, sin protección del Estado. El ministro ponente lo dijo claramente al desdeñar la protección del producto con el argumento del “pretendido derecho a la vida del no nacido”, sin aclarar si se refería al no nacido hasta las doce semanas o después.

Lo que debe venir ahora es el establecimiento de criterios jurídicos, sociales y de salud con las mujeres que quieren abortar por embarazo no deseado por descuido y una intensa campaña de educación sexual que impida que el error de la pareja descuidada se tenga que arreglar con un aborto que interrumpa el curso de una vida.

(Diario Político 2012 de Carlos Ramírez en www.grupotransicion.com.mx)




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